sábado, 16 de junio de 2007

La guerra justa del Atlántico Sur


MALVINAS: NI LOCURA, NI BORRACHERA


Hay quien insiste en que no debimos echar a los ingleses con aceite hirviendo.
Deseo llevar un poco de paz a los espíritus que repiten a todos los que quieren escuchar —y a los que no quieren también—, la frase de marras. El que se fue en 1806 fue Beresford, no sin llevarse la totalidad del Tesoro de la Real Hacienda, lo que dejó al fisco sin un centavo.
Pero los comerciantes ingleses se quedaron, y el Virrey Cisneros se vio obligado, el 6 de noviembre de 1809, a abrir el puerto de Buenos Aires a los productos británicos, con la condición de que pagaran los impuestos de importación por adelantado. Un negocio redondo, ya que el valor en metálico de un buque de mercadería importada equivalía a 12 buques cargados de cuero y sebo, y así nos quedamos sin cueros, sebo ni metálico. Y siguieron llegando ingleses, entre ellos Mr. Alexander Mackinnon, presidente de la Comisión de Comerciantes de Londres en Buenos Aires, quien, según dicen, incluyó algunos nombres en la lista de los integrantes de la Primera Junta, entre ellos Mariano Moreno, su abogado. Y manufacturas, que determinaron la supresión del trabajo de los argentinos y la disminución de sus ingresos, mientras salían riquezas: según el Cónsul Norteamericano Poinsett, entre 1810 y 1820, diez millones de dólares en metales preciosos.

El 2 de febrero de 1825 se firmó el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y las Provincias Unidas del Río de la Plata”, cuyo artículo XI establece “que en caso de rompimiento los comerciantes ingleses tendrán el privilegio de continuar sus negocios, y sus propiedades no estarán sujetas a embargo, secuestro, ni ninguna exacción”. El tratado está vigente: durante la Guerra de Malvinas no se tomó ninguna represalia económica, ni se tocaron las estancias británicas del sur, y el Banco de Londres continuó trabajando normalmente (Ministro de Economía, recuérdese, era Roberto Alemann, Miembro del CARI, Consejo Argentino de Relaciones Internacionales).

Ya en 1960/70, nuestros amigos apoyaron el quehacer de la guerrilla terrorista. El 18 de abril de 1974, por ejemplo, “La Nación” informó de la detención de Micke John Bishop, miembro de la Embajada Británica, al introducir 17.500 proyectiles calibre 9 mm. desembarcados del rompehielos “Endurance”, los que fueron devueltos el mismo día, así como la libertad de Bishop y del capitán del buque. A fines de 1975 se secuestró otro contrabando de ametralladoras “Stirling”, proveniente de Gran Bretaña.

Hablando del “Endurance”, el comerciante argentino Constantino Davidoff intentó alquilarlo, para realizar trabajos de desguace en instalaciones balleneras abandonadas en Leith, Stromness y Husvik en la Isla San Pedro de las Georgias del Sur, a lo que los británicos no accedieron. Davidoff había firmado un contrato con la firma Christian Salvensen de Edimburgo el 19 de septiembre de 1979, que le otorgaba un plazo hasta mayo de 1983 para retirar los materiales de las islas, lo que informó al gobernador de Malvinas el 11 de octubre de 1979, y se conectó con la Embajada Británica de Buenos Aires durante 1980/81. La empresa Salvensen informó del contrato al administrador de la dependencia de Georgias el 27 de agosto de 1981. Con conocimiento, entonces, de la Embajada Británica de Buenos Aires, Davidoff desembarcó en Georgias el 20 de diciembre de 1981, lo que provocó un informe a Londres del Gobernador de Malvinas el 31 de diciembre de 1981, proponiendo iniciar un procedimiento contra el comerciante y presentar una protesta ante el gobierno argentino.

Así se iniciaron una serie de incidentes, incluyendo un reclamo del Embajador Williams del 20 de marzo de 1982, por lo que Londres consideraba un problema muy serio, y advirtiendo que si quienes habían desembarcado en las Georgias no la abandonaban inmediatamente, tomarían la acción que considerasen necesaria, a lo que se aclaró que el “Bahía Buen Suceso”, buque que transportó al equipo de Davidoff, no era buque de guerra, que a bordo no había personal militar, que se trataba de un viaje conocido por el gobierno británico, etc.

El 27 de marzo de 1982 se reunió en Buenos Aires el Comité Militar para analizar el asunto Georgias, considerando: la intención británica de reforzar Malvinas, la arbitrariedad en el manejo del incidente, la falta de respuesta a las propuestas argentinas, la insistencia británica sobre la autodeterminación de los isleños, el desinterés británico por negociar la soberanía y la presencia en el área del “Endurance”, el “Briscoe” y el “Bransfield”. Gran Bretaña había aprobado (el 14 de septiembre de 1981) un documento de planeamiento de contingencia ante un empeoramiento de la situación, concluyéndose que la respuesta militar tendría que ser esencialmente naval, incluyendo un submarino nuclear, con refuerzo a la guarnición terrestre, y apoyo aéreo adecuado.

En enero de 1982, la Junta Militar analizó los estudios efectuados por la Comisión de trabajo formada por el Gral. García, el Alte. Lombardo y el Brig. Plessl, la Directiva de Estrategia Nacional N° 1/82 “M”, sin fecha de ejecución, coherente con la decisión de negociar durante todo 1982; no obstante, dada la dureza de la posición británica, se preguntó a los comandos operativos cuál sería la fecha más próxima de ejecución, decidiéndose que una operación de esa naturaleza no debería ejecutarse antes del 15 de mayo. Pero las cosas se precipitaron, el submarino nuclear fue enviado el 29 de marzo de 1982.

Tal vez debido a los resultados del informe Shackleton, referido a las riquezas petroleras e ictícolas del área. O por ciertos problemas que enfrentaba la Sra. Margaret Thatcher, acusada en febrero de 1982 de “tráfico de influencias” para lograr que la construcción de la Universidad del Emirato de Omán se hiciera a través de la empresa de la que su hijo Mark era socio.
O a la furia de los trabajadores a causa de que el 16% de la fuerza de trabajo estaba desempleada. O a que las minas de carbón de Yorkshire iban a ser paralizadas, dejando sin trabajo a más de 20.000 hombres. O tal vez por el viejo principio británico de incitar para vencer.

Lo cierto es que, luego, el 8 de julio de 1989 asumió la presidencia Carlos Menem, el 18 de agosto de 1989 se promulgó la Ley 23.696, que en 70 artículos y 2 anexos se refería a todos los bienes de la Nación Argentina que iban a ser enajenados a sectores privados a precio vil, en condiciones de monopolio y a ser pagados en bonos, de tal manera que se entregó todo por nada. Más tarde vendrían la reunión de la Reina con Eduardo Menem, su discurso de noviembre, refiriéndose al inmediato restablecimiento de las relaciones con la Argentina y las ventajas económicas que se derivarían de ello para el comercio británico, la visita, el mismo mes, de la misión comercial de Gran Bretaña presidida por Lord Montgomery, para ver las empresas y organismos públicos que se ponían en venta, y por fin la firma, el 15 de febrero de 1990, en Madrid, de la “Declaración conjunta de las delegaciones de La Argentina y el Reino Unido”, suscripta por Sir Crispin Tichelle, representante permanente del Reino Unido ante la ONU y Lucio García del Solar, representante especial de la Argentina (miembro del CARI), virtual rendición incondicional acordada en 24 horas, en violación del artículo 67 de la Constitución Nacional, en sus inc. 19: “Corresponde con exclusividad al Congreso de la Nación aprobar o desechar los tratados concluidos con las demás naciones” y 20: “…autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz”.

El artículo 7 del Tratado adiciona la bilateralidad económica para la explotación pesquera entre el paralelo 45 S y el 60 S, entre Puerto Camarones en Chubut y las Islas Orcadas en la Antártida (seis millones de kilómetros cuadrados de mar), aceptado sin contraprestación alguna, es decir a cambio de nada; el 12 extiende la sociedad anglo-argentina a todo el territorio continental.

De este tratado surgió el Convenio de Promoción y Protección de Inversiones, suscripto en Londres el 11 de diciembre de 1990 y aprobado por Ley 24.184, sancionada el 4 de noviembre de 1992, que asegura “la facilidad de las remisiones de las utilidades de las inversiones extranjeras”.

Lo que se aseguró así fue el éxodo del producto del trabajo y de las riquezas de la tierra y del mar argentinos, entre otras cosas. De lo que se desprende que la guerra fue imprescindible —para Gran Bretaña—, ya que sin ella no hubieran existido dichos tratados, que legalizaron el saqueo.
Luis Antonio Leyro

No hay comentarios.: