lunes, 16 de septiembre de 2013

De pluma ajena

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LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE LA PLATA ENTREGÓ SU PRIMER TÍTULO A UNA GRADUADA TRANSEXUAL
 
 
Estimado Amigos:
 
Esta situación se planteó por primera vez durante mi gestión no teniendo éxito, en aquella oportunidad, por las consideraciones que abajo siguen.
 
1- En primer lugar habrá que plantearse la cuestión de la validez de una ley que va en contra del orden natural y se funda en una antropología errónea.
 
2- En segundo lugar y en subsidio de lo anterior paso a hacer las siguientes consideraciones sobre "Derecho Positivo".
 
Consideraciones sobre la La Ley 26743
 
 La Ley 26743 en su art. 3º acuerda la posibilidad de un cambio de “nombre de pila e imagen” cuando ellas no coincidan con la identidad de género autopercibida por quien ejercita la opción. El art. 4, inc. 2º de la norma aludida dispone que el peticionante  conservará el número de su  matrícula identificatoria.
 
Por su parte, el art. 7 determina que los efectos del cambio  “serán oponibles a terceros desde el momento de su inscripción en los registros..”
 
De lo expuesto, se observa que la vigencia del nuevo nombre o imagen elegidos comienza a regir ( oponibilidad a terceros) desde que la inscripción se cumplimente.
 
 El art. 944 del C. Civil da una definición de “actos jurídicos” expresando que son actos voluntarios lícitos “ y que tienen por fin inmediato “establecer entre las personas relaciones jurídicas, crear, modificar, transferir, conservar o aniquilar derechos”.
 
 Conforme a ello, corresponde señalar:
 
 1.- La expedición de un título universitario es claramente un acto jurídico que conlleva la adquisición de derechos y obligaciones respecto del reconocimiento de la habilitación para el ejercicio profesional que el mismo implica y de los recaudos que para ello deben observarse.
 
 2.- Establecida la relación jurídica entre la Universidad y el estudiante, ella se rige por las normas vigentes. Culminada la carrera y expedido el correspondiente diploma la relación se ha extinguido por el pleno cumplimiento de sus efectos jurídicos (v. art. 945 del C. Civil que textualmente dispone : “Los actos jurídicos son positivos o negativos según que sea necesaria LA REALIZACIÓN U OMISIÓN DE UN ACTO PARA QUE UN DERECHO COMIENCE O ACABE.” ).
 
3.- En el caso en análisis el alumno matriculado culminó el ciclo universitario de la carrera de abogado y ello posibilitó la expedición del título respectivo. Allí cesaron los efectos jurídicos de la vinculación de las partes y mediante dicho acto, la UCALP dio cumplimiento a la obligación asumida. Todos los efectos jurídicos correspondientes a la relación se produjeron entonces.  NO QUEDAN OTROS PENDIENTES DE CUMPLIMIENTO.
 
4.- A estar a las informaciones de la red informática, la culminación de la carrera se habría producido en el año 2009, visto que el peticionante  dice tener veintiséis años en la actualidad y que se habría recibido a los 22.
Con toda evidencia la ley no regía entonces y las partes de la relación jurídico/ educativo/ contractual fueron la UCALP y el alumno.
 
5.- Forzando la interpretación podría concluirse que expidiéndose el título universitario en relación a “Nicole” se viola lo dispuesto por el art. 7 de la Ley 23.743 QUE IMPIDE SU APLICACIÓN RETROACTIVA. Ello tanto más cuanto que el aparato manifiesta que realiza o ha realizado las gestiones ante el Colegio de Abogados correspondiente tendientes a obtener una nueva credencial. ESTO SÍ PODRÍA HACERLO en la medida que la relación trabada con dicha Institución es DE EJERCICIO CONTINUADO Y SUBSISTE.
  
6.- Resta la cuestión de Fondo .  En la eventualidad que la UCALP fuera  verdaderamente una Universidad Católica, parece evidente que debería respetar el depósito de la fe, y las normas de derecho divino y de derecho natural QUE DEBEN CONSIDERARSE PARTES DEL MISMO, Y DE LA MORAL CATÓLICA , COROLARIO DE AQUELLOS. Con toda evidencia no lo hace, y aceptando priorizar la normativa de una legislación que los impugna y agrede, abdica de su confesionalidad. Tanto más cuanto que, de no incurrir en error en el análisis cumplido, NO HABRÍA EXISTIDO OBLIGACIÓN JURÍDICAMENTE EXIGIBLE DE DUPLICAR EL TÍTULO O DE EXPEDIRLO A UN BENEFICIARIO  DIVERSO AL REGISTRADO EN LA FACULTAD RESPECTIVA.
 
7.- A MAYOR ABUNDAMIENTO , debe decirse que por vía indirecta se sanciona un cambio legislativo con implicancias teológicas, aceptando que una “PERSONA” (  “sustancia INDIVIDUAL de naturaleza racional”, según definición de Boecio ) designada por un nombre que lo caracteriza en dicha individualidad y lo identifica, sea sustituida por un “NÚMERO” indefinido, indeterminado, amorfo, asexuado, que considera al homínido como “mera materia”.
Dr. Rafael Breide Obeid

 

NOTA ORIGINAL - Diario El Día, 4 de septiembre de 2013

 

La Universidad Católica de La Plata entregó su primer título a una graduada transexual

 
LA DOCTORA NICOLE GONZÁLEZ BEAMONTE Y SU TÍTULO UNIVERSITARIO, CON SU NUEVA IDENTIDAD DE GÉNERO

La Universidad Católica de La Plata entregó su primer título a una persona trans, y de esta manera la doctora Nicole González Beamonte se convirtió en la primer platense “trans” en obtener un título, en este caso de abogada, en esa casa de estudios.
“Si bien estaba matriculada en el Colegio de Abogados -cuenta Nicole- estuve muchos años sin prácticamente poder ejercer mi profesión, ya que obviamente había una discordancia entre mi nombre legal y mi nombre autopercibido, y no me resultaba muy feliz tener que firmar mis escritos con un nombre masculino. Me resultaba no solo ridículo sino también hasta humillante”.
“De todos modos -recuerda la abogada platense- aproveché ese tiempo y seguí formándome. Realicé una Maestría en Derechos Humanos en la UNLP, donde conseguí que por primera vez una Universidad pública respetara mi identidad de género y, más allá del nombre que hasta ese momento figuraba en mi DNI, tanto en los listados como en la entrega de certificados de culminación de estudios se respetó mi verdadero nombre”.
“Luego de sancionada la Ley de Identidad -relata Nicole- obtuve no sólo un nuevo DNI con mi nombre y sexo femenino, sino hasta una nueva partida de nacimiento, en la que consta que nació una persona llamada Nicole de sexo femenino”.
“Inmediatamente después -contó la abogada- me presenté en el Colegio de Abogados para solicitar se me otorgue una nueva credencial con mi nombre femenino, y para eso se me requirió que a fines de hacer el trámite prolijamente, debía solicitar en forma previa a la Universidad Católica que me otorgue un nuevo titulo expedido con mi actual nombre. Y si bien supuse que no sería un trámite sencillo, ya que indirectamente la Iglesia Católica estaría reconociendo la identidad femenina de una persona trans, con lo que ello implica, finalmente obtuve el titulo modificado, en el que la Universidad Católica reconoce que la alumna Nicole González es abogada recibida en esa casa de estudios”. 

A LOS 22 AÑOS Y CON 9 DE PROMEDIO

Nicole cuenta que “hice la secundaria en 4 años ya que tenía una meta, tener un titulo y un trabajo estable para ser quien me sentía, y cuando terminé el secundario comencé a estudiar Derecho en la Universidad Católica de La Plata, carrera que me apasionó desde un primer momento ya que tiene que ver con mi espíritu de lucha, de reclamar por lo que creo que es justo. Mientras estudiaba daba clases particulares de inglés, y a los 22 años me recibí con un promedio de casi 9”.
“Inmediatamente ingresé a trabajar en la jefatura de Gabinete de la Provincia -afirma- y si bien siempre supe que era una mujer, también sabía que para mostrarme al mundo como mujer debía tener no solo mi titulo sino mi trabajo estable, y fue por eso que tuve que esperar dos años hasta ser designada en planta permanente. Recién después, y sabiendo que ya tenía estabilidad laboral, decidí informar sobre mis tratamientos hormonales, ya que me sentía una mujer”.
Actualmente, Nicole presta servicios en la Secretaria de Derechos Humanos bonaerense, y cuenta que “amo mi profesión y luchar por el reconocimiento de los derechos de todos. Y cuando me preguntan sobre si ser una chica trans puede ser algo negativo en cuanto a la confianza de las personas en entregarme su caso para representarlos, digo que todo lo contrario, que mi lucha no hace mas que garantizar que haré todo lo que esté a mi alcance para la consecución de un resultado justo”.

5 comentarios:

Anónimo dijo...

Los peores enemigos de la Iglesia Católica estan adentro de la misma y desde mucho antes del CVII.Es imposible de entender como actúa el Espiritu Santo y uno ya duda de que este iluminando la Iglesia ¿ Nos pone Dios pruebas imposibles de comprender y sortear ? A la larga la única sabiduría que parece quedar es un hartazgo gigantesco con tanta basura acompañado de un sentimiento de abandono.
Paco Lalanda

Anónimo dijo...

Voy al baño a vomitar...

Anónimo dijo...

¡Dios nos libre!

La subversión de género nos ha invadido.


¡Cara al sol y a no aflojar, resistamos!



P.D. Espero con ansias la próxima edicion de Cabildo.

Anónimo dijo...

Ademas del titulo le dieron un premio consuelo por retaguardia.

Alan Argento dijo...

En este país hay que ser gay, masón, comunista, acomodado, "hijo de", drogadicto o ladrón para tener un empleo estable en el Estado. Una injusticia.